ACTUALIZACIÓN: 22/10/2019 

Una incursión militar en Santa María Tzejá y la intervención militar local en conflictos comunitarios en Pueblo Nuevo muestran los impactos del estado de sitio abriendo la puerta a la intimidación militar sin control, incluso en los municipios donde ningún estado de sitio ha sido declarado. El sábado, personal militar armado y vehículos militares llegaron a Santa María Tzejá. Sin ninguna notificación formal a los autoridades locales, la razón de su breve incursión en la comunidad sigue siendo poco clara.

Un miembro de la Asociación para la Justicia y Reconciliación (AJR) de Santa María responde a la situación:“[De buscar rutas de narcotráfico] es lo que cuentan pero el motivo real, solo ellos saben. Están provocando para poner estado de sitio. No hay reclamo, no hay derecho, no hay nada. Ellos dicen que tienen ordenes, claro que tienen ordenes pero que es el orden que tienen — para provocar la gente como hicieron en Izabal.

Respaldamos nuestros contrapartes en el Ixcán, y en toda Guatemala, rechazando el estado de sitio y la militarización de las comunidades indígenas y campesinos. Más información por venir.

Green military vehicle with man and pointed rifle positioned on top.

Vehículos militares llegaron a la comunidad de Santa María Tzejá
[Crédito de la foto: AJR – Ixcán]


POST ORIGINAL: Huehuetenango rechaza al estado de sitio: Carta al gobernador

El 4 de septiembre de 2019, el presidente guatemalteco Jimmy Morales declaró un estado de sitio en 22 municipios y 5 departamentos de Guatemala. El decreto se produjo después de un evento en Semuy II, El Estor, Izabal, en el que tres soldados guatemaltecos fueron asesinados y varios miembres de la comunidad resultaron herides y criminalizades. Hay muchas narrativas conflictivas sobre este evento, la mayoría de las cuales contradicen la versión del estado guatemalteco. Hay aún más confusión acerca de cómo un solo evento podría racionalizar un estado de sitio en aproximadamente el 10% de la masa continental de Guatemala.

Guatemala tiene cinco estados diferentes de excepción que le dan al gobierno el poder de limitar los derechos civiles. El estado de sitio es el cuarto, justo antes del estado de guerra. Los movimientos sociales han declarado su completo rechazo a este último intento del estado de militarizar y criminalizar a las comunidades indígenas. Muchos de nuestras contrapartes han expresado su preocupación de que este sea solo el primer paso en una nueva ola de violencia institucionalizada, y que el estado de sitio se pueda aplicar lentamente a todo el país en un esfuerzo por reprimir a las comunidades que defienden su vida y su territorio de la extracción de recursos.


SEÑOR GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE HUEHUETENANGO, OSCAR BARILLAS,

HUEHUETENANGO, 30 DE SEPTIEMBRE DEL 2019.

NOSOTROS las distintas organizaciones Y Pueblos comparecientes y firmantes: Frente de Resistencia Miguelense FREDEMI, Consejo Maya Sipacapense, Consejo de Pueblo Maya Mam Saq Txotx, Comisión de Agua de Cantel, Grupo de Mujeres Ixijiatz San Pedro la Laguna, Asamblea Departamental de Pueblos Huehuetenango ADH, Asociación Belejeb E y Red de Mujeres Maya Kiche de Momostenango, Acammchi Unodich de Concepción Chiquirichapa, Consejo de Ancianos de Santa Lucía Utatlán , Asociación de Servicios Comunitarios de Salud ASECSA, Red de mujeres de Nahualá, Red de mujeres Ixoquib Noj de Quetzaltenango, Mujeres Mayas y   Asociación de Mujeres de Suchitepéquez AMUDESU; Kabla jun noj; IMH Nebaj Quiché; Coordinadora de Comunidades de Sacapulas y Cunen, El Quiché, Consejo de

Comunidades de Retalhuleu, Asoprovi y protagonismo Juvenil de Villa Nueva Guatemala, Plataforma Urbana de la ciudad capital; Madre Tierra de Cabricán, Red de Soberanía y Alimentaria de Guatemala REDSAG, Asociación formación para el Desarrollo, Asociación Comunitaria para el desarrollo ASERJUS, Pastoral Social de San Marcos; comunidad de Población en Resistencia CPR Sierra, Cocode de Parcelamiento el Rosario, Champerico, articuladas en la ASAMBLEA DE PUEBLOS AGUA VIDA Y TERRITORIO, señalamos lugar para recibir notificaciones la 16 Avenida A 7-38 Z.4, Huehuetenango. Comparecemos ante Usted de forma respetuosa para plantearle la siguiente solicitud:

HECHOS:

  1. Que el día sábado 7 de septiembre de los corrientes fue aprobado el Estado de sitio por medio del acuerdo gubernativo 1-2019 en 22 municipios y 6 departamentos del oriente y nororiente del país, por parte de los diputados del Congreso de la República en una reunión extraordinaria a las habituales sesiones entre semana.
  2. Además, que las declaraciones dadas el día lunes 9 de septiembre por el Ministro de la Defensa, Luis Miguel Ralda, son muy graves y son una muestra de que el Estado de Guatemala no tenía información específica sobre la amenaza y el peligro que les faculta establecer un estado de sitio. “las declaraciones del Ministro de Defensa son una prueba de que el Estado de Sitio no cumple con los requisitos para nacer a la vida jurídica y constituyen arbitrariedades porque no se justificó con estricta necesidad haberlo declarado ya que ponen en peligro a las poblaciones con esta medida.”
  3. Que este Estado de Sitio es un ataque directo al derecho a la resistencia y es una discriminación de carácter político y en algunos casos de carácter racial como el que se está dando en contra del pueblo Q’eqchi.- generando una crisis humanitaria en los territorios donde se implementa, considerando innecesaria la aprobación de la limitación de derechos humanos.
  4. También como Asamblea de Pueblos consideramos que la medida es totalmente desproporcional debido a que el hecho ocurrió en un solo lugar y no habría porque extenderlo a otros departamentos o municipios, por esta causa se está dando una oleada de represión y persecución de líderes, campesinos indígenas, comunitarios defensores y defensoras de derechos humanos y del territorio, implementando una vez más la militarización para el control del pueblo y sus garantías constitucionales.
  5. Agregamos que este Estado de Sitio obedece a una ley denominada de Orden Público la cual fue promulgada en época del Conflicto Armado Interno en el año 1965, característica que la convierte en una normativa contrainsurgente que viene a restringir y neutralizar todo tipo de movimiento organizativo de las comunidades y sociedad civil en general. Además vemos con un grave peligro las medidas decretadas por el Ministerio de Defensa especialmente el numeral 7 que trata sobre la actualización de focos de invasión y usurpaciones de propiedad privada para el respectivo desalojo.

 

FUNDAMENTO DE DERECHO

Artículo 28.- Derecho de petición. Los habitantes de la República de Guatemala tienen derecho a dirigir, individual o colectivamente, peticiones a la autoridad, la que está obligada a tramitarlas y deberá resolverlas conforme a la ley. En materia administrativa el término para resolver las peticiones y notificar las resoluciones no podrá exceder de treinta días.

PETICION:

  1. Que se tenga por presentado el presente escrito que contiene solicitud de suspensión y la no prorrogación del Estado de sitio en los 6 departamentos y 22 municipios afectados por el mismo.
  2. Que se tenga también por presentado nuestro completo repudio al Estado de Sitio decretado por el gobierno de Guatemala y ratificado por el Congreso de la República, solidarizándonos con los territorios que lo están padeciendo.
  3. Que se haga responsable al Estado de Guatemala por las atrocidades y violaciones a derechos humanos cometidas en contra de comunidades de pueblos indígenas y sociedad civil en general durante este Estado de Sitio.
  4. Que el Gobierno de Guatemala se inhiba de seguir velando por los intereses de empresas de minería, de monocultivos, hidroeléctricas y perforaciones petroleras especialmente en las áreas donde se decretó el Estado de Sitio, las cuales para continuar operando necesitan de los despliegues militares que garanticen estas decisiones represivas.
  5. Que en territorios del occidente como Sololá y Huehuetenango se están realizando despliegues militares que obedecen a una mentalidad contrainsurgente y no a una expresión de seguridad democrática y de Paz, como la que buscamos las y los guatemaltecos. Por lo tanto pedimos que se detengan estos operativos.
  6. Que se tengan por suficientes los 30 días declarados como Estado de Sitio en los territorios y que el Gobierno de Guatemala se abstenga a su prorroga tanto en tiempo como en territorios.

Huehuetenango, 30 de septiembre del 2019.