La Asociación para la Justicia y la Reconciliación – AJR-,
y la Convergencia por los Derechos Humanos –CDH-:
Rechazamos categóricamente la resolución emitida por el Tribunal Primero de Sentencia Penal, Narco actividad y Delitos contra el Ambiente pro procesos de mayor Riesgo grupo B, presidido por la Jueza Marlin Mayela Gonzales Arrivillaga, a través de la cual decretó medida sustitutiva y benefició con arresto domiciliario al Acusado, general retirado, Manuel Benedicto Lucas García, dentro del caso por Genocidio, Delitos contra Deberes de Humanidad y Desaparición Forzada en contra del pueblo maya Ixil entre 1978-1982.
En una argumentación contradictoria, la Defensa del acusado pidió medida sustitutiva argumentando padecimientos de salud y avanzada edad, omitiendo deliberadamente que el mismo ha permanecido recluido en el Centro Médico militar, con privilegios y acceso total a la salud, atención psicológica y cuidados geriátricos desde que fue vinculado a este caso en el año 2020.
Nuestras demandas como AJR fueron que, dado que NUNCA ha estado en cárcel común, por los mismos criterios humanitarios y para garantizar los derechos de las víctimas permaneciera en esa condición, para garantizar su comparecencia en el proceso y la tutela judicial efectiva para las víctimas.
Contrario a ello, en una resolución exprés redactada en 7 minutos (citando amplia jurisprudencia y mecanismos internacionales) y con el agravante de que el acusado está ligado a otros procesos por graves crímenes como desapariciones forzadas masivas en la zona militar número 21 y la desaparición forzada del niño Marco Antonio Molina Theissen, sin haber podido desvanecer el peligro para la obstaculización del proceso y la averiguación de la verdad y el peligro de fuga, el tribunal emitió su resolución.
Estamos ante una resolución que privilegia por sobre los derechos de las víctimas, al acusado, olvidando que el interés particular no debe primar ante los derechos colectivos de los pueblos, menos aún cuando los crímenes cometidos han sido tipificados como de trascendencia universal.
Dicha resolución:
Atenta contra el Derecho de las víctimas a la justicia, la averiguación de la verdad, y la ponderación de los agravios cometidos en contra de más de 1700 víctimas, niñas, niños, mujeres y hombres (registradas en 31 masacres, ejecuciones extrajudiciales, violaciones sexuales, desapariciones forzadas, torturas y otras graves violaciones a los derechos humanos) y pone en peligro la integridad física y mental de más de 100 testigos y testigas que valientemente lo llevaron a juicio durante todo el 2024 ante cualquier acto de represalias por parte del acusado, sus familiares y círculos cercanos.
Por lo tanto, exigimos al sistema de justicia guatemalteco, rectificar la resolución emitida por el Tribunal B, ponderando los derechos de las víctimas y subsanar así el agravio de que somos objeto.
Nuestra lucha ha sido siempre por la memoria, la verdad y la justicia para las víctimas del genocidio y por una Guatemala con justicia; esta resolución nos confirma la triste realidad de un sistema de justicia cooptado y corrompido a beneficio de los poderosos y nos obliga y compromete, a acudir a las instancias internacionales para hacer valer nuestros derechos como personas guatemaltecas víctimas de las mafias que mantienen capturada la justicia.
Guatemala. 15 de julio de 2026.

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